Autor Tema: SALVEMOS LOS MONTES  (Leído 13122 veces)

Desconectado lusan

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SALVEMOS LOS MONTES
« en: Julio 08, 2011, 11:00:13 am »
Reconociendo la poca originalidad del nombre del post quiero iniciar con él un punto de recogida de ideas o actuaciones para posteriormente canalizarlas , si así lo entendemos en el foro, hacia los medios de comunicación.

Con esta idea, adjunto mi comentario.

NUESTROS MONTES EN PELIGRO
Lusan 08.07.2011
La deforestación, los incendios, los usos indiscriminados e irresponsables  de vehículos todo terreno, las acampadas irregulares y los residuos descontrolados que originan, son algunas de las causas de deterioro de nuestros montes. Sin embargo se está produciendo desde hace unos años un  grave ataque que sumado a las anteriores causas , va a convertirlos en auténticos espacios muertos : LA RECOLECCIÓN  INDISCRIMINADA , IRRESPETUOSA Y ABUSIVA DE SETAS.
Desde hace varios años estamos asistiendo a un aumento de la actividad recolectora de setas en nuestros montes. Esta incremento de la actividad puede deberse a varias causas entre las que probablemente se encuentre también la actual crisis económica que incita a ella porque puede suponer una fuente de ingresos para familias necesitadas. Otra causa puede ser el aumento de aficionados a esta actividad lúdica y al aire libre que además puede procurarte un manjar extraordinario como premio. Tanto por una como otra causa, lo cierto es que los montes se ven sometidos a una enorme presión cuya consecuencia es su deterioro.
No es cuestión de prohibir la recolección de setas, sino de establecer su regulación para evitar los abusos que últimamente se están observando en nuestros montes. Personas de diferentes nacionalidades son llevadas a lugares de producción de setas por quienes posteriormente van a comprar lo que recolecten.  Puesto que los ingresos que van a obtener dependen de la cantidad de kilos que consigan, su actividad recolectora debe ser lo más productiva posible para lo que “peinan” los montes no solamente porque avanzan en línea pegados unos a otros sino porque además utilizan herramientas que destruyen el micelio y por tanto futuras producciones. Otro efecto devastador causado es que aquellas setas que no les interesa recolectar, son pisadas o pateadas.
Hasta este momento, la única iniciativa que se ha puesto en marcha es la constitución de Acotados de Recogida de Setas en algunos municipios y comunidades autónomas. Cada vez quedan menos espacios libres a los que los aficionados y explotadores de montes podamos acudir.
No creo que la constitución de los acotados sea la mejor solución y tampoco la creo justa. ¿Acaso no se construyen carreteras para acceder a dichos pueblos con cargo a los presupuestos ya que de otra manera sería inviable su construcción con cargo a sus arcas municipales ? ¿Dichos municipios corren con los gastos de extinción de los posibles incendios que afecten a sus montes? Así podríamos seguir argumentando con cantidad de ejemplos hasta aburrirnos. Sin embargo , tampoco considero justo que la recolección de setas que puedan producir sus montes  no supongan unos ingresos para las economías locales.
A la vista de lo anterior creo que una posible solución podría ser la siguiente :
1.   Identificación y declaración de los montes ( ayuntamientos , comunidades autónomas) en los que se produzcan setas. Dicha identificación debe contener :
a.   Municipio y Provincia
b.   Paraje , parcela (ubicación)
c.   Superficie
d.   Vegetación predominante
e.   Setas que se producen y cantidades promedio estimadas
2.   Establecimiento de la obligatoriedad de que los recolectores estén en posesión de una “licencia de recolector” cuya obtención se consiga mediante :
a.   El pago de una tasa
b.   La aprobación de un examen
3.   Reparto de las ingresos obtenidos por la expedición de las licencias entre los municipios cuyos bosques han identificado y declarado como productores de setas.
Habría que incluir en los ingresos las cantidades que eventualmente podrían obtenerse por las sanciones a quienes no dispusieran de licencia así como por falta de respeto al medio ambiente.
Evidentemente , hay que desarrollar y establecer las normas pertinentes para conseguir lo expuesto y eso debería ser tarea de nuestros políticos de turno.
« Última modificación: Julio 25, 2011, 13:58:47 pm por SrHongo »
Quien nada duda, nada sabe
Los bosques serían demasiado silenciosos si sólo cantaran los pajaros que mejor lo hacen.

Desconectado Taru

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #1 en: Julio 08, 2011, 14:07:31 pm »
Me parece que la nota tiene las palabras justas y necesarias, totalmente de acuerdo. ¿donde hay que firmar?   ;)


Desconectado MiguelGimeno

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  • Miguel
Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #2 en: Julio 08, 2011, 14:08:46 pm »
Ya hemos comentado esto en varias ocasiones y ya sabemos más o menos la idea generalizada que tenemos de esta situación. En cuanto pueda Luis, a ver si este finde puedo, le doy un poco de forma al asunto y entre todos aportamos ideas para reforzar el manifiesto, al cual yo definiría como "Propuesta de Regulación del Sector Micológico". Salu2
Como reza el dicho del Perico: "Lo importante no es como se empieza el día, sino como se termina"

Desconectado marta

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #3 en: Julio 08, 2011, 14:21:11 pm »
A mi eso de que se tenga que declarar lugar y producción no me parece acertado, debería ser algo más extenso: provincia, comunidad..., así se corre el riesgo de arrasar con los lugares limítrofes si tienen algo, es lo que está pasando en el proyecto Myas, al final todo el mundo va a los lugares sin regular, además si sólo se regula "a pueblos" se crean intereses, se perjudican lugares ..., si todo está igual se eliminan esos problemas

Desconectado lusan

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #4 en: Julio 08, 2011, 15:30:57 pm »
Marta el que los municipios tengan que realizar esas declaraciones no obedece a otra cosa que los ingresos que se produzcan puedan ser repartidos de acuerdo con el interés micológico que los lugares despierten entre los aficionados o profesionales. Tampoco sería una información a disposición del público en general sino para las administraciones públicas que son las que tendrían que repartir el dinero que se ingresase.
Quien nada duda, nada sabe
Los bosques serían demasiado silenciosos si sólo cantaran los pajaros que mejor lo hacen.

Desconectado ROSA

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #5 en: Julio 11, 2011, 21:04:07 pm »
Lo encuentro bien, si sirve para que no arrasen los montes.....
Todas las setas son comestibles........al menos una vez

Desconectado Taru

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #6 en: Julio 11, 2011, 23:00:44 pm »
¿que os parecería a vosotros la idea de añadir un máximo de kg, por persona y día?

Delacruá

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #7 en: Julio 12, 2011, 10:11:14 am »
Taru, lo de el máximo por persona y dia en La comunidad valenciana es 6 Kg, lo q pasa es q no se controla. Para controlarlo estoy totalmente de acuerdo con lusan.
Un saludo!!!

Desconectado MiguelGimeno

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #8 en: Julio 12, 2011, 11:14:56 am »
Es algo de lo que ya hemos hablado extensamente en este foro, y últimamente y con la llegada del otoño muchos somos conscientes de la que se nos avecina. Gracias a unos datos que me mandó Lusan y cosas que he ido sacando de la red y de mi mente, ahí dejo plasmado el camino que llevo recorrido hasta ahora, para que entre todos lo mejoremos y completemos. Como vereis hay apartados que están por hacer, sólo consta el enunciado, que sólo debe tomarse como algo indicativo que pueda sugerir ideas, si alguién cree que sobra, falta y cambiaría algo es el momento de ayudar entre todos a hacer una propuesta que sea sostenible, eficaz y pueda de forma alguna satisfacer a todas las partes que estamos involucradas. A pensar se ha dicho. Salu2


PROPUESTA DE :

“REGULACIÓN ESTATAL DEL SECTOR MICOLÓGICO”

PUNTO 1

a)   Creación de un ORGANO ESTATAL DE CONTROL MICOLÓGICO.
a.1) El Órgano de control ha de tener un carácter totalmente independiente.
a.2) El Órgano de control debe ser de carácter NO LUCRATIVO.
a.3) El tipo de ente jurídico ha de ser similar a las Fundaciones.
a.4) El Órgano de control estará dirigido por una COMISIÓN GESTORA que deberá estar integrada por las siguientes partes interesadas:
   1.- ESTADO ESPAÑOL: Deberá haber un representante de cada uno de los Ministerios de Medioambiente y de Sanidad.
   2.- DELEGADOS MUNICIPALES: Los diversos municipios que tuvieran inscritas fincas en el correspondiente Censo Geográfico de Parcelas Cedidas para Uso y Explotación Micológica y que luego se dirá, deberían elegir representantes entre los mismos.
   3.- DELEGADOS DE RECOLECTORES: Tanto los Recolectores Profesionales como Aficionados que estén censados en el correspondiente Censo de Recolectores Micológicos y que luego se dirá, deberán estar debidamente representados en la Comisión Gestora del Órgano de Control.
   4.- DELEGADOS DEL SECTOR COMERCIAL: Tanto empresas distribuidoras como locales de venta directa y empresas hosteleras, también deben estar debidamente representados en la Comisión Gestora del Órgano de Control.
   5.- DELEGADOS DE PROPIETARIOS REGISTRALES DE FINCAS CEDIDAS PARA EL USO Y EXPLOTACIÓN MICOLÓGICA: Los titulares Registrales de las fincas que hayan sido Censadas en el correspondiente Censo Geográfico de Parcelas Cedidas para Uso y Explotación Micológica, deben ser parte implicada en la toma de decisiones del la Comisión Gestora.

b)   Creación de un CENSO DE RECOLECTORES: Toda persona recolectora deberá estar inscrita en un censo especial de Recolecotres, pudiendo ser tanto Profesional como Aficionado. La inscripción de cada Recolector en su correspondiente Censo será dotada de un número personal identificativo.

a.1) CENSO DE RECOLECTORES PROFESIONALES (C.R.P.): Para que una persona física pueda ser censado en el C.R.P. y conseguir la oportuna LICENCIA DE RECOLECTOR PROFESIONAL (L.R.P.) debe reunir los siguientes requisitos:
1.   Requisitos para poder obtener la L.R.P.:
1.1.   Ser mayor de edad.
1.2.   Pasar un examen que demuestre la amplitud de sus Conocimientos Micológicos
1.3.   Pagar la oportuna Tasa de inscripción que se establezca.
2.   Presentar solicitud de inscripción en el citado Censo.
3.   Tener un seguro de responsabilidad civil a terceros.
4.   Derechos y Beneficios de Recolectores censados:
   4.1. Poder recolectar, identificar y comerciar con especies fúngicas silvestres.
4.2.  Cobertura y asistencia íntegra en caso de accidentes y pérdidas.
4.3. Libertad de circular por todo tipo de vías y caminos que sean servidumbre de paso a cualquier de las fincas censadas y destinadas para uso micológico.
4.4. Practicar la recolección de especies fúngicas silvestres sólo en las fincas debidamente censadas y destinadas a uso micológico y que radiquen en la demarcación de acuerdo al tipo de licencia que posean.
5.   Tipos de L.R.P.:
5.1. Licencia Provincial: Tendrá validez para las fincas censadas y destinadas a uso micológico de la  provincia donde ha sido expedida.
5.2 Licencia Interprovincial: Tendrá validez para las fincas censadas y destinadas a uso micológico de 5 provincias a elegir por el propio censado.
5.3 Licencia Nacional: Tendrá validez para las fincas censadas y destinadas a uso micológico de todas las provincias que integran el territorio español.

a.2) CENSO DE RECOLECTORES AFICIONADOS (C.R.A.): Para que una persona física pueda ser censado en el C.R.A. debe reunir los siguientes requisitos:
1.   Requisitos para poder obtener la L.R.A.:
1.1.   Tener mínimo 16 años de edad.
1.2.    Pasar un examen que demuestre Conocimientos Micológicos Generales.
1.3.   Pagar la oportuna Tasa de inscripción que se establezca.
2.   Presentar solicitud de inscripción en el citado Censo.
3.   Derechos y Beneficios de Recolectores Aficionados censados:
3.1.   Cobertura y asistencia íntegra en caso de accidentes y pérdidas.
3.2 Libertad de circular por todo tipo de vías y caminos que sean servidumbre de paso a cualquier de las fincas censadas y destinadas para uso micológico.
3.3. Practicar la recolección de especies fúngicas silvestres en las fincas debidamente censadas y destinadas a uso micológico y que radiquen en la demarcación de acuerdo al tipo de licencia que posean.
4.   Tipos de L.R.P.:
4.1. Licencia Provincial: Tendrá validez para las fincas censadas y destinadas a uso micológico de la provincia donde ha sido expedida.
4.2 Licencia Interprovincial: Tendrá validez para las fincas censadas y destinadas a uso micológico de 5 provincias a elegir por el propio censado.
4.3 Licencia Nacional: Tendrá validez para las fincas censadas y destinadas a uso micológico de todas las provincias que integran el territorio español.

c)   Creación de un CENSO DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES MICOLÓGICAS (C.A.E.M.): Toda persona jurídica o física que realice actividades empresariales relacionadas con la comercialización o elaboración de especies fúngicas deberán estar inscritas en un Censo habilitado a tal efecto. La inscripción de un nuevo Censado será dotada de un número personal identificativo. Requisitos para poder estar inscrito en el Censo:
1.   Abonar la Tasa correspondiente.
2.   Presentar solicitud de inscripción en el citado Censo.
3.   Presentar copia del I.A.E. (Impuesto sobre Actividades Empresariales).
4.   Debe haber entre los trabajadores de las empresas que lo soliciten al menos una persona que tenga la LICENCIA DE RECOLECTOR PROFEISONAL (L.R.P.), quién será el responsable de la Confirmación de la Identificación de las especies fúngicas comercializadas a fín de evitar errores en la nomenclatura y clasificación.

d)   Creación de un CENSO GEOGRÁFICO DE PARCELAS CEDIDAS PARA USO Y EXPLOTACION MICOLÓGICA: Cualquier titular de finca registral que lo desee puede inscribirla en el citado censo siempre y cuando así lo desee, previo cumplimiento y aportación de los siguientes requisitos y documentación. Cada parcela inscrita será dotada de un NÚMERO DE ACOTADO único, con el fin de identificarlo, y que deberá constar en los lindes de la finca. Requisitos y documentación necesarios:
1.   Abonar la Tasa correspondiente.
2.   Presentar solicitud de inscripción en el citado Censo, en el que se deberán especificar:
2.1) Datos identificativos de la finca a censar: Municipio, Polígono y Parcela.
2.2) Superficie inscrita.
3.   Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica de la finca a censar.
4.   Nota Simple Informativa expedida por el correspondiente Registro de la Propiedad donde radique la finca a censar, donde ha de coincidir el Titular Registral con la persona que realice la solicitud de inscripción en el correspondiente censo.
5.   Certificado de Concordancia de la Certificación Catastral con la finca registral que consta en el Registro de la Propiedad, expedido por la Sección Municipal de Catastro del Municipio donde radique la finca a censar.
6.   Calificación de “Parcela de Interés Micológico”, para ello será necesario realizar un censo Forestal de la parcela a censar, el cual deberá ser Certificado por Técnico Competente designado por el CENTRO DE INVESTIGACIONES MICOLÓGICAS, quién en casos favorables dará la Calificación de “Parcela de Interés Micológico”, o en caso contrario, dará una Calificación Negativa, no pudiendo por tanto ser inscritas dichas parcelas.
e)   Creación de un CENTRO DE INVESTIGACIONES MICOLÓGICAS (C.I.M.), con el fin de mejorar el sector de forma progresiva y en vistas de un mejor desarrollo, basado en términos de sostenibilidad. Formando parte de dicho Centro de Investigaciones deberá existir un Grupo de Censadores Forestales, quienes serán los encargados de realizar el censo forestal de cada parcela, para que el Técnico Competente designado por dicho Centro de Investigaciones, pueda proceder a la Calificación de “Parcela de Interés Micológico”.

PUNTO 2
NORMAS PARA UNA CORRECTA RECOLECCIÓN:
Para evitar futuros problemas medioambientales derivados de una intensiva, masiva e incorrecta actividad micológica, es necesario tomar determinadas medidas que conllevaran a una mejor sostenibilidad de aquellas zonas de interés micológico.
1) Es obligatorio disponer de la debida Licencia para poder recolectar especies fúngicas silvestres.
2) En la localización de setas y otros hongos quedan prohibidas las siguientes prácticas:
2.1) Remover el suelo de forma que se altere la capa vegetal superficial ya sea manualmente o utilizando cualquier tipo de herramienta, excepción hecha en cuanto a los hongos hipogeos, donde podrá usarse el machete trufero o asimilado.
2.2) Portar y/o usar cualquier herramienta apta para el levantamiento indiscriminado de mantillos, tales como hoces, rastrillos, escardillos, azadas y otras herramientas similares.
3) La recogida de setas y demás hongos se efectuará teniendo en cuenta las siguientes determinaciones:
3.1) Se recogerán las setas u hongos que hayan llegado a su tamaño normal de madurez, dejando en el lugar, sin deteriorar, los ejemplares que sean pequeños y no hayan esporado, los que se vean pasados, rotos o alterados y aquellos que no sean motivo de recolección.
3.2) Queda prohibido el arranque de ejemplares que no vayan a ser recolectados.
3.3) Se utilizará exclusivamente navaja o similar cuya hoja no exceda de 11 centímetros de longitud.
3.4) Se recolectarán los ejemplares con la debida precaución de no dañar el micelio.
4) En el caso de los hongos hipogeos, el terreno deberá quedar en las condiciones originales, rellenando los agujeros producidos en la extracción con la misma tierra extraída.
5) Los Recolectores Aficionados censados podrán recolectar como máximo seis kilogramos por persona y día.
6) Los Recolectores Profesionales censados podrán recolectar como máximo 15 kilos por persona y día.
7) A fin de favorecer la dispersión de las esporas de estas especies, el transporte se realizará en cestas de mimbre, paja, caña o similares, que por su estructura permitan la expansión de las esporas.
8) Se prohíbe la recogida durante la noche, desde la puesta del sol (ocaso) hasta el amanecer (orto).
9) No se podrán recolectar especies fúngicas que estén incluidas en los Catálogos Provinciales de Especies Fúngicas Silvestres Protegidas.
10) La recolección con fines científicos y taxonómicos podrá realizarse sin sujeción a lo dispuesto en los apartados 3), 5), 6) 8) y 9) que preceden, siempre que quede acreditada la finalidad de la misma.
11) Los niños menores de 16 años no podrá recolectar especies fúngicas si no van acompañados con una persona mayor de edad y que tenga la L.R.A o la L.R.P.

PUNTO 3 
NORMAS PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE ESPECIES FÚNGICAS SILVESTRES.
   Con el fin de controlar los procesos de comercialización de la especies fúngicas silvestres, que van desde la recolección profesional hasta la elaboración de platos gastronómicos, es necesario establecer determinadas normas que den seguridad tanto al consumo como al proceso de recolección y sostenibilidad de los ecosistemas de interés micológico.
1)   Cada partida fúngica recolectada llevará un estricto control. Para ello es imprescindible poder identificarla desde el origen.
2)   El recolector profesional deberá etiquetar cada partida por medio de su número de recolector, el lote, la procedencia provincial y la fecha de recolección.
3)   Los distribuidores de especies fúngicas silvestres deberán, por medio de una persona que posea la Licencia de Recolector Profesional, analizar y confirmar la especie de cada partida fúngica recolectada que distribuya. También deberán incluir en el etiquetado el número de identificativo concedido por el C.A.E.M., así como el número identificativos del Recolector que verifica la especie.
4)   Los locales de restauración que utilicen especies fúngicas silvestres como materia prima en la elaboración de sus platos tienen la obligación de reservar un ejemplar de cada especie que adquieran, y que deberán conservar en refrigerador 5 días para futuras pruebas técnicas en caso de posibles intoxicaciones.
5)   No se podrán comercializar especies fúngicas que no estén en el Catálogo Estatal de Especies Fúngicas Silvestres Comerciales.
6)   La recolección con destino a la comercialización deberá cumplir los siguientes requisitos:
6.a) Generales:
1.º Estar correctamente identificadas.
    2.º Encontrarse en perfectas condiciones de conservación, desprovistas de humedad exterior anormal y sin olor ni sabor extraños.
    3.º Estar exentas de lesiones o traumatismos de origen físico o mecánico que afecten a su presentación o apariencia.
    4.º Estar exentas de podredumbre, daños causados por las heladas o alteraciones tales que las hagan impropias para el consumo.
    5.º Estar exentas de artrópodos, gusanos o moluscos y de partes o excrementos de cualquiera de ellos.
    6.º Estar exentas de materias extrañas adheridas a su superficie, distintas de la tierra de cobertura que no haya podido ser eliminada mediante una limpieza grosera.
    7.º Estar exentas de agentes microbianos patógenos.
    8.º Haber sido recolectadas, en su caso, mediante un corte neto.
    9.º Hallarse sin residuos de pesticidas, ni de contaminantes químicos, ni de radiactividad, por encima de los límites legalmente establecidos.
 6.b) En el supuesto de comercialización de setas silvestres frescas, se deberán cumplir, además de lo establecido en el párrafo a) de este artículo, los siguientes requisitos específicos:
    1.º Sólo se podrán comercializar frescas las especies silvestres que figuran en el CATÁLOGO ESTATAL DE ESPECIES FÚNGICAS SILVESTRES COMERCIALES.
    2.º Deberán presentarse enteras, excepto restos de micelio, con sus características anatómicas desarrolladas y claramente visibles, no permitiéndose el lavado.
    3.º No podrán presentarse al consumidor mezclas de especies.
6.c) En el supuesto de comercialización de setas conservadas se deberán cumplir, además de lo establecido en el párrafo a) de este artículo, los siguientes requisitos específicos:
    1.º Se prepararán a partir de setas que cumplan los requisitos generales establecidos en el párrafo a) y, si son frescas, además, lo establecido, según el caso, en el párrafo b). El resto de materias primas que se utilicen en su preparación, cumplirán la normativa específica para cada una de ellas.
    2.º Se manipularán, prepararán, elaborarán, almacenarán y comercializarán en establecimientos autorizados o registrados conforme a la normativa de aplicación.
7) Se considerarán sospechosas de ser venenosas o tóxicas las especies de setas que no figuran en el CATALOGO ESTATAL DE ESPECIES FUNGICAS SILVESTRES COMERCIALES.
8) Se prohíbe la venta y la comercialización para el consumo humano de todas las especies de setas reconocidas como venenosas o tóxicas, así como de aquellas sospechosas de serlo y, en particular, las recogidas en el CATALOGO DE ESPECIES FUNGICAS SILVESTRES TÓXICAS.


PUNTO 4
CATÁLOGO PROVINCIAL DE ESPECIES FÚNGICAS SILVESTRES PROTEGIDAS.
1)   Se elaborará una lista de carácter Provincial de todas las Especies Fúngicas Silvestres que por su escasez deban ser catalogadas de Especies Fúngicas Protegidas.
2)   La confección de los Catálogos Provinciales la realizarán los técnicos competentes que designe el C.I.M. (Centro de Estudios Micológicos).
3)   Cada Catálogo Provincial sólo será aplicable a la Provincia de que se trate.

PUNTO 5
CATÁLOGO ESTATAL DE ESPECIES FÚNGICAS SILVESTRES COMERCIALES.

1) Podrán ser comercializadas en cualquier tipo de presentación las siguientes especies fúngicas silvestres:
Agaricus campestris.
Agaricus sylvaticus.
Agrocybe aegerita (cylindracea).
Amanita caesarea, con la volva abierta.
Amanita ponderosa.
Boletus aereus.
Boletus edulis.
Boletus pinophilus (pinicola)
Boletus reticulatus.
Calocybe gambosa.
Cantharellus cibarius.
Cantharellus cinereus.
Cantharellus lutescens.
Cantharellus tubaeformis.
Cantharellus subpruinosus.
Clitocybe geotropa.
Craterellus cornucopioides.
Fistulina hepatica.
Higrocybe pratensis.
Hydnum albidum.
Hydnum repandum.
Hydnum rufescens.
Hygrophorus agathosmus.
Hygrophorus gliocyclus.
Hygrophorus latitabundus (limacinus).
Hygrophorus marzuolus.
Hygrophorus penarius.
Hygrophorus russula.
Lactarius deliciosus.
Lactarius quieticolor.
Lactarius salmonicolor.
Lactarius sanguifluus.
Lactarius semisanguifluus.
Lepista panaeolus (luscina).
Lepista nuda.
Lepista personata.
Macrolepiota procera.
Marasmius oreades.
Pleurotus eryngii.
Pleurotus ostreatus.
Rhizopogon luteolus (obtextus).
Rhizopogon roseolus.
Russula cyanoxantha.
Russula virescens.
Suillus luteus.
Terfezia arenaria.
Terfezia claveryi.
Terfezia leptoderma.
Tricholoma portentosum.
Tricholoma terreum.
Tuber aestivum.
Tuber borchii.
Tuber brumale.
Tuber indicum.
Tuber magnatum.
Tuber melanosporum (nigrum).
Ustilago maydis.
Xerocomus badius (Boletus badius).

2) Especies cultivadas que pueden ser objeto de comercialización en fresco
Agaricus arvensis.
Agaricus bisporus.
Agaricus bitorquis.
Agaricus blazei.
Agaricus brunnescens.
Agrocybe aegerita (cylindracea).
Auricularia auricula-judae.
Auricularia polytricha.
Coprinus comatus.
Flammulina velutipes.
Grifola frondosa.
Hericium erinaceus.
Lentinula edodes.
Lepista nuda.
Lepista personata.
Hypsizygus marmoreus.
Hypsizygus tessulatus.
Pholiota nameko.
Pleurotus cystidiosus.
Pleurotus cornucopiae (citrinopileatus).
Pleurotus djamor.
Pleurotus eryngii.
Pleurotus fabellatus.
Pleurotus nebrodensis.
Pleurotus ostreatus.
Pleurotus pulmonarius.
Pleurotus sajor-caju.
Pleurotus tuber-regium.
Sparassis crispa.
Stropharia rugosoannulata.
Tremella fuciformis.
Tremella mesenterica.
Tricholoma caligatum (matsutake).
Volvariella volvacea.

3) Especies que sólo pueden ser objeto de comercialización tras un tratamiento
Helvella sp.
Morchella sp.

PUNTO 6
CATÁLOGO DE ESPECIES FÚNGICAS SILVESTRES TÓXICAS.

Especies fúngicas silvestres que no se pueden comercializar en ninguna presentación:
Agaricus iodosmus (pilatianus)
Agaricus moelleri (praeclaresquamosus)
Agaricus placomyces.
Agaricus xanthodermus.
Amanita gemmata (junquillea).
Amanita muscaria.
Amanita pantherina.
Amanita phalloides.
Amanita porrinensis.
Amanita proxima.
Amanita verna.
Amanita virosa.
Boletus lupinus.
Boletus pulchrotinctus.
Boletus rhodoxanthus
Boletus satanas.
Choiromyces meandriformis.
Clitocybe acromelalga.
Clitocybe alnetorum.
Clitocybe amoenolens.
Clitocybe candicans.
Clitocybe cerussata.
Clitocybe clavipes.
Clitocybe dealbata.
Clitocybe diatreta.
Clitocybe ericetorum.
Clitocybe festiva.
Clitocybe gracilipes.
Clitocybe nebularis.
Clitocybe phyllophila.
Clitocybe rivulosa.
Conocybe sp.
Coprinus atramentarius.
Coprinus romagnesianus.
Cortinarius sp.
Entoloma lividum (sinuatum).
Entoloma nidorosum.
Entoloma niphoides.
Entoloma rhodopolium.
Entoloma vernum.
Galerina sp.
Gymnopilus sp.
Gyromitra sp.
Hebeloma crustuliniforme.
Hebeloma sinapizans.
Hypholoma fasciculare.
Hypholoma sublateritium.
Hygrocybe conica (nigrescens).
Inocybe sp.
Lactarius chrysorrheus.
Lactarius helvus.
Lactarius necator.
Lactarius torminosus.
Lepiota sp.
Macrolepiota rachodes var. bohemica.
Macrolepiota venenata.
Mycena pura.
Mycena rosea.
Omphalotus illudens.
Omphalotus olearius.
Panaeolus sp.
Paxillus filamentosus.
Paxillus involutus.
Pholiota squarrosa.
Pholiotina sp.
Pleurocybella porrigens.
Pluteus nigroviridis.
Pluteus salicinus.
Psilocybe sp.
Ramaria formosa.


PUNTO 7
INFRACCIONES Y SANCIONES. (Dinero de infracciones para reforestaciones, formación de personal especializado, …., pensar cosas).

PUNTO 8
SUBVENCIONES MUNICIPIOS CON FINCAS CENSADAS EN EL CENSO GEOGRÁFICO DE PARCELAS CEDIDAS PARA USO Y EXPLOTACION MICOLÓGICA. (Con el fin de mejorar las infraestructuras, al tiempo de formar a convecinos y crear puestos de trabajo relacionados con la vigilancia, mantenimiento y mejora de los ecosistemas fúngicos). ( Dependiendo del porcentaje de suelo que tengan censado en su término será la subvención a percibir).

PUNTO 9
SUBVENCIONES PROPIETARIOS FINCAS CENSADAS EN EL CENSO GEOGRÁFICO DE PARCELAS CEDIDAS PARA USO Y EXPLOTACION MICOLÓGICA. (Como compensación económica por la inscripción en el censo y de futuros gastos ocasionados del uso y explotación micológica)

PUNTO 10
RED DE VIGILANCIA MICOLOGICO-FORESTAL: Red integrada por personal debidamente formado en conocimientos micológicos y forestales que serán designados por los propios municipios que tengan fincas censadas, y estará en estrecha relación con el SEPRONA y las Instituciones Medioambientales Oficiales de las diferentes Provincias y Regiones.



« Última modificación: Julio 14, 2011, 19:41:11 pm por MiguelGimeno »
Como reza el dicho del Perico: "Lo importante no es como se empieza el día, sino como se termina"

Desconectado Phallus-Impudicus

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #9 en: Julio 12, 2011, 11:25:24 am »
Para comenzar y a bote pronto,sólo habiendolo leido por encima y sin analizarlo a fondo, me parece completisimo y muy currado, espero leerlo con más tiempo y si se me ocurre algo lo aportaré.Gracias Miguel ha sido un muy  buen trabajo y esperemos verlo materializado en el futuro.
Repito Gracias.
Un saludo
[

Desconectado Afredgc

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #10 en: Julio 12, 2011, 11:44:35 am »
Sobre este tema, lo unico que me preocupa, es el deterioro que se está produciendo en todos los bosques por accciones directas de los usuarios, como vehículos que acceden por lugares inadecuados, la gran cantidad de "basura" que se deja por cualquier sitio, los recolectores de setas que mas que recolectar parece que vayan a arar destrozando todo lo que pillan y dejando la zona inactiba durante años y demás acciones incívicas con el entorno.
En cuanto a la recolección de setas, de personas respetuosas con el entorno, yo creo que no hay porque limitar ni el número de capturas ni hacer pagar a nadie para acceder a los bosques que no esten vallados.
Me parece discriminatorio el hacer sacar licencias para recolección de setas, pués no todo el mundo tiene presupuesto para engrosar las arcas de quien corresponda, a parte de que por lo menos donde yo conozco el acceso al bosque siempre ha sido libre. Lo que si vería bién, seria multar a los incívicos de alguna manera, que sirviera de escarmiento.
En cuanto a los municipios que quieran explotar su territorio, en lugar de poner a su disposición todas las fuerzas vivas a su alcance para multar a diestro y siniestro, para beneficio propio, que vallen sus bosques y que pongan un solo funcionario en la puerta, para que solo puedan acceder a ellos los escogidos.


Salut

Desconectado Taru

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #11 en: Julio 12, 2011, 11:52:23 am »
Miguel me parece curradisima tu aportación, parece un documento oficial ya.  ;)

Desconectado lusan

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #12 en: Julio 12, 2011, 12:07:23 pm »
Alfredgc, el que algo quiere , algo le cuesta. Estoy de acuerdo que lo ideal sería que respetasemos el monte en todos los aspectos pero ya vemos que eso no es posible porque cada unos somos de un padre y una madre y  nunca llueve a gusto de todos. Aquí lo importante es elegir lo menos malo y si realmente queremos conservar los montes y poder disfrutarlos nosotros y nuestros descendientes creo que la regulación propuesta puede ser una importante herramienta de disuasión para mucha gente y al mismo tiempo para que los que salgan sean respetuosos o por lo menos tengan los conocimientos suficientes para dañar lo menos posible el entorno.
En cuanto al trabajo realizado por Miguel : CHAPEAU . Haré una segunda lectura a fin de aportar algo , cosa que dudo por está muy completo.
Enhorabuena Miguel :-* :-* :-*
Quien nada duda, nada sabe
Los bosques serían demasiado silenciosos si sólo cantaran los pajaros que mejor lo hacen.

Delacruá

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #13 en: Julio 12, 2011, 16:36:29 pm »
Xe Miguel,m´acabes de deixar sense paraules!!
Creo q la legislacion de recogida de setas es necesaria igual qse hizo en su dia con la caza o la pesca. Somos 48 millones de españoles y si cada uno cazara o pescara lo q quisiera y cdo quisiera pues ni habria aguilas,ni osos, ni ciervos ni truchas..y si no se regula esto tb,pues no habrá cesareas, ni edulis...
Miguel,yo estoy estudiando la carrera de Forestales y mi proyecto final de carrera va encaminado a esto. Espero recibir tu ayuda y de todos aquellos q esten interesados en proteger nuestros montes y q nuestros hijos y nietos puedan salir a estos y poder recolectar setas como lo hemos hecho nosotros. No seamos egoistas..
Salut y força ...!!

Desconectado marcel

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #14 en: Julio 12, 2011, 20:02:53 pm »
Miguel, una currada.

Me parece genial y estoy totalmente de acuerdo, me alegro que por fin se empiece a hacer algo para poder conservar nuestro entorno.
Un boletaire nace, no se hace. (Manel1108)

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #15 en: Julio 12, 2011, 20:45:21 pm »
Luis, respeto tu opinión pero no la comparto.
Sigo diciendo que el problema reside en quién no respeta el medioambiente y no es precisamente por desconocer una série de normas básicas, que casi todos los que van al monte, por no decir todos, las conocen y no las respetan simplemente porque no les apetece. Y no por el hecho de hacerles pagar un carnet, va a hacer que cánvien su manera de hacer. Al igual que muchos vehiculos después de prohibiciones de circular por ciertos caminos, siguen pasando como si no fuera con ellos.
Por desgrácia lo único que entendemos y a lo que atendemos, son los garrotazos, pués eso, mas vigiláncia y mano dura a los incívicos.
Todo lo demás me parece que solo va a servir para crear mas burocrácia inutil y carísima, de la cual ya estamos muy bién surtidos en éste país.

Salut



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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #16 en: Julio 14, 2011, 11:03:37 am »
Tú mismo lo has dicho Alfred, la gente aún conociendo las cosas de antemano sigue saltándose las normas a la torera, por eso hay que ejercer determinada vigilancia de los montes y tal como están las actuales arcas del estado no creo que destinen presupuesto alguno para ello. Lo mismo ocurre con la basura y destrozo de los caminos que ocasionamos los seteros y todos los usuarios del monte. Si de parte de la licencia tú puedes tener un seguro que te cubra por ejemplo un rescate en caso de lesión en plena montaña, que además parte de ese dinero vaya destinado a la limpieza, vigilancia, mantenimiento y reforestación de montes, e incluso a estudios micológicos, son cosas que nos benefician a todos. Lo que está claro que yendo como vamos ahora estamos abocados a un final desafortunado para todos, los municipios harán de su capa un sayo y podrán licencias municipales con criterios dispares que terminarán por volvernos locos al tiempo de resultarnos tremendamente caro pasar un día cogiendo setas, casi siempre se van a más de un setal que están en diferentes municipios, y si hay que pagar en todos la cosa nos saldrá por un pico. Yo no quiero pagar tampoco por nada, pero al final no cabe más remedio que echar freno y recapitular un poco. Espero por lo menos que entiendas la razón de la necesidad de pagar por una licencia. El tema de las licencias aún no lo he puesto por que no he podido plasmar la idea que tengo de cómo hacerlo, pero cuando tenga tiempo lo haré y quizás lo puedas ver con otros ojos, que no todo es malo. Salu2
Como reza el dicho del Perico: "Lo importante no es como se empieza el día, sino como se termina"

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #17 en: Julio 14, 2011, 16:38:05 pm »
Hola Miguel.
En cuanto a la vigiláncia de los incívicos, yo creo que ya sería hora de pedir a los organismos pertinentes, (seprona, diputaciones, municipios...), que se ganen el sueldo que cobran , haciendo lo que deben hacer, que es vigilar los montes y cuidar que los usuarios se comporten, si lo hicieran quizás ahora no estaríamos debatiendo este tema. En cuanto a los caminos, si se puede circular, se circula y si no se puede, está la primera parte contratante que debe velar por ello. Para conservar estos caminos, supongo que a quién corresponda tendrá que tenerlos relativamente a punto, por si en algún momento deben circular por ellos los bomberos u otros servicios...
En cuanto a la licéncia, (que en su momento cuando practicaba sederismo y montañismo, me saqué la nacional y estaba cubierto de rescates), bién podría ser una solución para quien la quiera. Visto desde otro punto de vista, a mi me sabría muy mal que cualquier conocido con pensiones bajas, (que hay muchos), me dijera que no puede ir a por setas porque le falta un papel...
En cuanto a los municipios que cobran y quieren cobrar, algun organismo habrá que pueda poner fin a tales desmanes y si es legal lo que hacen, regularlo.
Esta es mi opinión.
Espero tus nuevas sobre el tema...

Un abrazo

Salut



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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #18 en: Julio 14, 2011, 19:44:16 pm »
He añadido algunas cosas respecto a las Licencias y he añadido las especies comerciales que hay en el listado de la Normativa sobre setas según el R.D. 30/2009. Salu2
Como reza el dicho del Perico: "Lo importante no es como se empieza el día, sino como se termina"

Dav

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Re: SALVEMOS LOS MONTES
« Respuesta #19 en: Septiembre 25, 2011, 04:12:12 am »
Lo que esta claro es que hay que hacer algo para proteger el monte, ultimamente las setas son un negocio y cuando hay dinero por medio..........
Estoy con vosotros en que hay que legislar, pero con cabeza, a mi tambien me aburre la burocracia y quien saca tajada de ella.
Animo, estoy dispuesto a colaborar en lo que me digais.
Un saludo.